El término “delitos de guante blanco” o “cuello blanco” es impreciso; se usa en forma general para abarcar el rango completo de fraudes que cometen profesionales de empresas privadas y de organizaciones bernamentales. Contrario a lo que el término pudiese indicar, no todos los que cometen un delito de cuello blanco se visten de traje; estos delitos se caracterizan por ocultación, engaño y violación de la confianza, y no dependen de la amenaza o del uso de fuerza física. Aunque no sean delitos de carácter violento; tampoco están exentos de víctimas. Las maquinaciones del delito de cuello blanco, pueden arruinar el crédito de una persona, acabar con los ahorros de toda una vida para la familia, o defraudar inversionistas por millones de dólares. Los delincuentes por su parte; probablemente actuando con motivos de tipo financiero esperan ganar dinero, propiedades, servicios y ventajas personales o de negocios.
Los delitos de cuello blanco pueden ser juzgados a nivel estatal o federal y dependiendo de las circunstancias del caso, es probable que los mismos delitos conlleven penalidades más severas cuando son procesados por el gobierno federal. Una condena puede resultar en prisión, y multas fuertes, junto con otras sanciones penales graves que afectarán a la persona en el
futuro.
MALVERSACION DE FONDOS. La malversación de fondos, se conoce también como el hurto que lleva a cabo el empleado; ocurre cuando una persona se apropia injustamente de fondos confiados a su cuidado, pero que le pertenecen a otro. Típicamente, quienes cometen el delito por malversación de fondos, son los empleados , socios de la empresa o trabajadores por contrato como pudieran ser; los empleados de caja en el banco, los empleados de tiendas departamentales, los gerentes de oficina, los contadores o los corredores de la bolsa de valores. En Florida la malversación se procesa bajo la Sección 812.014 de los Estatutos. Las penalidades dependen del valor de los bienes hurtados, y conforme al estándar de delitos por robo, la malversación se puede imputar como un hurto de poca cuantía ( delito menor) o como un hurto de gran cuantía (delito serio). El hurto de gran cuantía incluye tres niveles diferentes:
- Sí el hurto fue por una cantidad de entre $ 300 a $20,000 dólares; se considera como hurto de gran cuantía, y se clasifica como delito serio de tercer grado, que se castiga hasta con 5 años en la prisión.
- Sí el hurto fue por una cantidad de entre $20,000 a $100,000 dólares; se considera como hurto de gran cuantía y se clasifica como delito serio de segundo grado, que se castiga hasta con 15 años en la prisión,
- Sí el hurto fue por una cantidad que excede $100,000 dólares; se considera como hurto de gran cuantía, y se clasifica como delito serio de primer grado que se castiga hasta con 30 años de prisión.
EXTORSION. Conforme a la Sección 836.05 de los Estatutos de Florida, la extorsión ocurre cuando alguien actuando con dolo, verbalmente o por escrito amenaza a otra persona de acusarla de un delito, exponerla a la deshonra, revelar un secreto que le afecta, atribuirle una anomalía/ falta de castidad, o la amenaza a con causarle alguna lesión ya sea a su persona, reputación o bienes. Esta amenaza debe tener la intención de sustraer dinero, o de obtener una ventaja pecuniaria, o de obligar a la persona amenazada, o cualquier otra persona a que haga algo en contra de su voluntad. La extorsión en Florida, es un delito serio de segundo grado.
FALSIFICACION. La Sección 831.01 de los Estatutos de Florida, define la falsificación como las modificaciones, las imitaciones, la fabricación fraudulenta, o la falsificación de documentos que se presenten como como original -ehaciente y legales con la intención de perjudicar y defraudar, a otra persona o entidad. La falsificación es un delito serio de tercer grado.
MAQUINACIONES/PLANES PARA DEFRAUDAR. Conforme a la Sección 817,034 de los estatutos de Florida, el plan para defraudar es un comportamiento que toma lugar en forma sistemática, con la intención de defraudar a alguien, o de obtener bienes, por medio de tergiversaciones deliberadas de un acto futuro, o por medio de pretensiones falsas /fraudulentas, declaraciones o promesas. El delito se imputa y se castiga bajo dos subcategorías: fraude de comunicaciones y fraude organizado. El fraude de comunicaciones ocurre cuando una persona usa un tipo de comunicación electrónica o por escrito para llevar a cabo sus maquinaciones/planes para defraudar a otra persona. El fraude organizado, ocurre una vez que el acusado obtiene en efecto algo como resultado de sus planes. Bajo la ley del estado de Florida, toda persona que participe en un plan para defraudar y de ese modo obtenga fondos o algún otro tipo de bienes, es culpable de fraude organizado, y se castiga como un delito serio que se castiga del siguiente modo:
- Sí la propiedad obtenida tiene un valor agregado de $50,000 dólares o más; el infractor es culpable de un delito serio de primer grado, que se castiga hasta con 30 años en la prisión.
- Sí la propiedad obtenida tiene un valor agregado de más de $20,00 dólares,pero menor de $50,000; el infractor es culpable de un delito serio de segundo grado, que se castiga hasta con 15 años en la prisión.
- Sí la propiedad obtenida tiene un valor agregado menor de $20,000 dólares el infractor es culpable de un delito serio de tercer grado, que se castiga hasta con 5 años en la prisión.
FRAUDE HIPOTECARIO. Según lo establece la Sección 817.545 de los Estatutos de Florida, una persona comete fraude hipotecario, cuando recibe fondos como resultado de hacer a sabiendas una declaración de información importante falsa, con omisiones o tergiversaciones, durante el proceso del préstamo hipotecario, y lo hace teniendo como intención el defraudar y el que la información errónea sea utilizada por el prestamista hipotecario, el prestatario, o alguna otra persona o entidad involucrada en el proceso del préstamo. Dependiendo de la cantidad involucrada, y de otras circunstancias; el fraude hipotecario puede ser un delito serio de segundo o de tercer grado.
FRAUDE CON TARJETAS DE CREDITO. Los delitos con tarjetas de crédito, incluyen la compra, uso o venta de tarjetas de crédito robadas o falsificadas, uso no autorizado de tarjetas de crédito vencidas, y falsificar o adulterar tarjetas de crédito. La ley de Florida incluye en la definición de ‘tarjeta de crédito’, a las tarjetas de cajero automático (ATM), tarjetas bancarias, tarjetas de débito, tarjeta de cheques, y otros tipos de tarjetas relativas a transacciones financieras. Afortunadamente para los infractores por fraude de transacción financiera, frecuentemente a las víctimas de estos delitos les importa más la devolución del dinero, que mandar al infractor tras las rejas. Sin embargo, el delito de fraude con tarjetas de crédito, es serio, y los fiscales se esforzaran en que la sanción sea severa. Bajo la sección 817.61 de los Estatutos de Florida, las penas se determinan por el valor de los bienes obtenidos al usar la tarjeta, y el numero de veces que se uso la tarjeta. Sí en un plazo de 6 meses, la tarjeta se usó ilícitamente no más de dos veces, y el valor de los bienes obtenidos es menor de $100 dólares, se puede acusar al infractor de un delito
menor de primer grado. Sí en un plazo de seis meses, se usa ilícitamente una tarjeta de crédito en más de dos ocasiones, y el valor de los bienes obtenidos es de más de $100 dólares; el cargo se puede imputar como un delito serio de tercer grado.
FRAUDE DE SEGURO. Una persona comete fraude de seguro al presentar un reclamo de seguro, en base a una falsa, exagerada, o deliberada lesión o perdida. La Sección 817.234 de los Estatutos de Florida prohíbe el presentar información engañosa o falsa a una compañía de seguros, en un reclamo o en una solicitud de póliza de seguros relativa a la atención de la salud, vehículos motorizados, viviendas, pólizas comerciales, discapacidades, incendios provocados, y seguros de vida. Los delitos de seguro pueden incluir; maquinaciones- planes organizados para defraudar al público y a las compañías de seguros, fraude interno que resulte en la insolvencia de la compañía de seguros, y actividades delictivas por parte de entidades no autorizadas que ilícitamente hagan negocios en Florida. Sí el valor de los bienes que el fraude involucra es menor de $20,000 dólares; el infractor comete un delito un delito serio de tercer grado, sí el valor de la propiedad es mayor de $20,000 pero no excede $100,000 dólares; el infractor comete un delito serio de segundo grado, sí el valor es de $100, 000 dólares o más; el infractor comete un delito serio de primer grado.
CHEQUES SIN FONDOS: Bajo la Seccion832.05 (2)(a). , de los Estatutos de la ley de Florida, es un delito obtener bienes, servicios o algo de valor por medio de cheque o retiro, sí la persona que hace el retiro o emite el cheque, sabía que no había en la cuenta fondos suficientes como para cubrir la transacción. Sí el cheque o retiro es por una cantidad menor a $150 dólares; se considera como un delito menor de primer grado, sí el cheque o retiro es por una cantidad de $150 o más; se considera como un delito serio de tercer grado. Existen varias defensas viables a estos cargos, y en ciertas circunstancias se cuenta con la opción de cumplir con ciertas condiciones dentro de un programa de justicia alternativo.
ROBO DE IDENTIDAD. Bajo a ley federal y estatal, el robo de identidad es ilegal. Como delito estatal, queda prohibido el uso de la información de identificación personal, bajo los Sección 817.568 de los Estatutos de Florida, se puede perseguir una acción penal por hurto de identidad, como un delito serio de tercer grado que se castiga hasta con 5 años en la prisión y $5,000 dólares de multa. A nivel federal el robo de identidad se penaliza bajo la Sección 1028 del Codigoo 18 de los Estados Unidos. Bajo los estatutos de la ley federal, el robo de identidad se castiga con una multa, y hasta 20 años en la prisión.
La legislatura de Florida aprobó la ley de protección de victimas de delito de guante/cuello blanco, contenida en la Sección 775.0844 de los Estatutos para tomar en cuenta la frecuencia en que las victimas -ancianos en particular- sufren pérdidas sustanciales de sus propiedades como resultado de la mentira y del engaño. Especialmente la legislatura busca proteger la propiedad pública, aumentar las sanciones impuestas por fraudes no violentos y ayudar a procesar delitos de cuello blanco. Esta ley define un delito de cuello blanco como el cometer o confabular para cometer cualquier delito serio en que tenga:
- La intención de defraudar
- La intención de provisional o permanentemente despojar a una persona de su propiedad
- Que involucre confabulación para defraudar
- Que involucre confabulación para provisional o temporalmente despojar a una
persona de su propiedad - Que involucre o resulte en la comisión de fraude o engaño a otra persona, o
- Que involucre una confabulación para cometer fraude o engaño a otra persona
Las penalidades por delitos de guante blanco se aumentan cuando existen ciertas circunstancias agravantes. Un ejemplo es cuando hay por lo menos dos delitos de cuello blanco que están interrelacionados y no incidentes aislados , tales como si tienen similitudes en cuanto a intención, resultados, cómplices, víctimas o métodos para su comisión. Otras circunstancias agravantes ocurren cuándo el infractor victimiza 20 personas o más, 10 o más ancianos, al estado de Florida, a una Agencia del estado, a una subdivisión política del estado, o a una agencia de una subdivisión política del estado.
Los delitos de guante blanco son con frecuencia altamente complejos; involucran investigaciones prolongadas, y transacciones financieras complicadas. Usted necesita un abogado que esté de su parte y que cuente con los recursos requeridos para llevar a cabo una investigación independiente completa, y una evaluación de las pruebas que pueda revelar información que influya positivamente en su caso, o que limpie su nombre. A través de 20 años de carrera; ROBERT FOLEY- abogado penalista y agente retirado del FBI- trabajó a la cabeza de múltiples investigaciones importantes por delitos de cuello blanco, integrando las distintas partes de estos casos complejos. El abogado sabe en que enfocarse y que es lo que hay que buscar, en donde radican los problemas, y como desarmar las partes de una investigación. Robert Foley, sabe cómo evaluar las pruebas del gobierno y es un experto en el desarrollo de contraestrategias; adicionalmente, la experiencia que adquirió cuando era fiscal, le permite evaluar su caso personal y darle asesoramiento a usted a partir de diversas perspectivas. Robert Foley cuenta también con una Maestría en Administración de Empresas; tiene conocimiento de las reglas y procedimientos de contabilidad, de las prácticas empresariales, el cumplimiento corporativo, y los reglamentos gubernamentales. Robert Foley aplica estos importantes conocimientos en la materia para evaluar alegaciones de delitos de cuello blanco que involucren transacciones financieras complejas y delitos informáticos, y también cuenta con una red de especialistas en: contabilidad forense, análisis financiero, informática, y profesionales de otras ramas. El poder contar con estos especialistas puede que sea un FACTOR CLAVE para ayudar en la preparación de su defensa, y para tener testigos que puedan rendir un testimonio pericial persuasivo en el tribunal. Llame hoy al Foley & Wilson Law Firm para una consulta inicial gratuita en Español.